Concepto de firma electrónica

La firma electrónica avanzada es un sistema de acreditación que permite identificar a la persona firmante . Es más, la firma electrónica calificada , que es la firma electrónica avanzada que se crea mediante un dispositivo calificado de creación de firmas electrónicas y que se basa en un certificado, tiene el mismo valor que la firma manuscrita ; por tanto, autentica las comunicaciones generadas por el firmante.

Así, la firma electrónica avanzada constituye una evidencia legal de que la dota de valor probatorio, de modo que no puede negarse su efecto jurídico por el hecho de que se presente en formato electrónico o para que no cumpla los requisitos de la firma electrónica calificada.

Una factura electrónica tendrá la misma validez legal que una factura emitida en papel, si el documento electrónico, además de cumplir unos requisitos a nivel de contenidos, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, siendo la firma electrónica calificada el mecanismo de acreditación.

Es el Reglamento (UE) número 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por lo que se deroga la Directiva 1999/93/CE (Reglamento eIDAS 910/2014/CE , en adelante) que en su artículo 3.12 define la firma electrónica calificada como la firma electrónica avanzada que se crea mediante un dispositivo calificado de creación de firmas electrónicas y que se basa en un certificado calificado de firma electrónica.

El artículo 26 del mismo Reglamento eiDAS 910/2014/CE menciona los requisitos para las firmas electrónicas avanzadas: a) estar vinculada al firmante de forma única; b) permitir la identificación del firmante; c) haber sido creada utilizando datos de creación de la firma electrónica que el firmante puede utilizar, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo, yd) estar vinculada con los datos firmados por la firma de tal modo que cualquier modificación ulterior de los datos sea detectable.

Asimismo, el artículo 3.15 del Reglamento eiDAS 910/2014/CE establece que son «certificados calificados de firma electrónica» los certificados de firma electrónica que han sido expedidos por un prestador calificado de servicios de confianza y que cumplen determinados requisitos que el Reglamento enumera en su Anexo I, como por ejemplo la indicación de que el certificado ha sido expedido como certificado calificado de firma electrónica, la identificación del prestador calificado de servicios de confianza, el nombre del firmante o seudónimo, etc.

Formatos de firma

Si bien el del Reglamento eiDAS 910/2014/CE y su complemento, la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, establecen jurídicamente el marco de la firma electrónica calificada, desde el punto de vista técnico.

Facturae define dos formatos de firma electrónica:

  • Formato de firma electrónica avanzada básico: contiene los elementos mínimos y necesarios para que la firma se considere firma electrónica avanzada. Se corresponde este perfil con la firma CHADES-EPES del estándar CHADES ETSI TS 101 903
  • Formato de firma electrónica avanzada con información de validación: incorpora al formato básico información adicional a la firma necesaria para su validación. Por ejemplo, sello de tiempo como evidencia de que la firma existía antes de un determinado momento del tiempo, información sobre la cadena de certificación y el estado de revocación, información que proporciona evidencias frente a terceros o potenciales arbitrajes. Asimismo, se asegura la validación de la firma a largo plazo, independientemente de que exista o no la Autoridad de Certificación

¿Qué certificados puedo utilizar para firmar la factura?

El Ministerio competente (en enero de 2022 es el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital) publica en su web los Prestadores de Servicios de Electrónicos de confianza cualificados (el enlace es https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/ Prestadoras/

Asimismo, existen diferentes perfiles de certificado digitales válidos para la firma electrónica de la factura:

  • Certificado calificado de Sello Electrónico : permite la identificación telemática y la firma electrónica de entidades, empresas y otras personas jurídicas. Permite firmar digitalmente sin incorporar datos de representante o apoderado. Está especialmente indicado para la autenticación y firma desasistida en procesos automatizados, como por ejemplo la generación de facturas.
  • Certificados calificados de persona física representante legal: permite que el titular actúe en nombre de la entidad u organización a la que pertenece.
  • Certificados de persona física: aplicables para autónomos y profesionales, como en el caso del DNI electrónico.